Seguro de Embarcaciones

Navega tranquilo: lo justo por ley y lo necesario para tu barco

Para navegar necesitas la responsabilidad civil obligatoria: es la base imprescindible. A partir de ahí, tu barco —motora, velero, neumática o moto de agua— es una inversión que merece protección de verdad: casco, ocupantes y asistencia en el mar, ajustados a su valor y a tu uso real.

Motoras, veleros, neumáticas y motos de agua · Respuesta el mismo día · Sin coste añadido por asesorarte
Lo que más tranquiliza
  • RC obligatoria para navegar, siempre en vigor
  • Daños propios del casco: robo, incendio, avería
  • Remolque y salvamento si te quedas tirado en el mar
Qué cubre

Un seguro modular, a la medida de tu barco.

Se contrata por garantías: solo cubre las que hayas contratado. Esto es lo que puedes incluir.

Responsabilidad civil obligatoria

La que exige la ley para navegar: daños personales y materiales a terceros. Es la base imprescindible.

Responsabilidad civil voluntaria

Amplía los límites de la RC obligatoria si tu barco o tu actividad lo requieren.

Daños propios (casco)

Pérdida total a valor venal, averías particulares, robo, incendio y daños durante transporte, izado o botadura.

Accidentes de los ocupantes

Fallecimiento o invalidez y gastos médico-farmacéuticos de las personas a bordo.

Asistencia en la mar

Remolque, salvamento y ayuda, según lo contratado.

Se ajusta al tipo de embarcación (neumática, vela, motor), a la eslora y a la zona de navegación. El detalle de garantías, límites y exclusiones figura en las Condiciones Generales, que te explico antes de contratar.

Para que no haya sorpresas

Qué queda fuera de la cobertura.

Estas son las exclusiones más relevantes; te explico el resto con calma.

Uso distinto del recreoComercial, alquiler o competición, salvo pacto expreso.

Navegar fuera de los límites permitidosZona geográfica o condiciones meteorológicas prohibidas por la póliza.

Falta de mantenimientoDesgaste, corrosión o vicio propio de la embarcación.

Negligencia graveExceso de ocupantes o patrón sin la titulación exigida.

El detalle completo de garantías, límites y exclusiones figura en las Condiciones Generales y Particulares de la póliza.

Cómo trabajamos

Tu seguro de Embarcaciones, en tres pasos.

Sin tecnicismos ni compromiso por adelantado.

1

Me cuentas de tu barco

Tipo, eslora, valor y dónde navegas habitualmente.

2

Te oriento sobre las garantías

Desde la RC obligatoria hasta el paquete completo, según lo que tu barco merezca.

3

Preparo tu propuesta

Precio claro y coberturas explicadas, sin letra pequeña.

MA
Micol Astorri
Asesora de seguros
Por qué conmigo

Por qué contratar el seguro de tu embarcación conmigo.

Te ayudo a no quedarte solo en la RC obligatoria si tu barco merece cobertura de casco, y te explico la letra pequeña que más sorpresas da: límites de navegación, titulación exigida, número de ocupantes.

  • Ajusto la póliza a tu barco y a tu uso real
  • Te explico qué necesitas de verdad, sin vender de más
  • Asesorarte no te cuesta más
  • Desde Elche (Alicante), atiendo a clientes de toda España
"Desde el primer contacto fue muy amable, atenta y profesional. Me asesoró con mucha paciencia, resolvió todas mis dudas y me ayudó a encontrar la mejor opción para mis necesidades, sin complicaciones."
★★★★★
Victor O. · Cliente

Inscrita en el Registro de Distribuidores de Seguros (DGSFP) nº C0133X4340072H

Sobre mí
Preguntas frecuentes

Antes de escribirme.

Las dudas que más me plantean. Si la tuya no está aquí, escríbeme y te respondo yo misma.

¿Es obligatorio el seguro para mi embarcación?
La responsabilidad civil es obligatoria para navegar. El resto de coberturas son voluntarias, pero muy recomendables según el valor del barco.
¿Cubre si mi barco se daña, no solo si daño a otro?
Sí, con la garantía de daños propios (casco): pérdida total, averías, robo e incendio.
¿Están cubiertas las personas a bordo?
Con la garantía de accidentes de los ocupantes: fallecimiento o invalidez y asistencia médica.
¿Me remolcan si me quedo tirado en el mar?
Con la cobertura de asistencia (remolque y salvamento), según lo contratado.
¿Cubre el transporte por carretera o el izado?
Sí, los daños durante transporte, izado y botadura entran en daños propios.
¿Y si uso el barco para alquilarlo?
El uso comercial o de alquiler no entra en el seguro de recreo salvo pacto expreso; avísame si es tu caso.
¿Qué documentación necesito para asegurar mi embarcación?
Habitualmente la documentación de matriculación de la embarcación y, según el tipo y tamaño, la titulación náutica correspondiente; te confirmo el detalle exacto para tu caso.
¿Cubre el seguro si mi barco está amarrado en el puerto, no navegando?
Sí, las garantías de daños propios (casco) protegen también en puerto o amarre, no solo durante la navegación, según lo contratado.
¿Qué pasa si mi embarcación es muy antigua?
Se puede asegurar igualmente, aunque puede influir en el valor venal a efectos de pérdida total y en algunas condiciones; te lo explico con tu caso concreto.
¿Necesito titulación náutica para contratar el seguro?
El seguro no sustituye el requisito legal de llevar la titulación exigida para tu tipo de embarcación; navegar sin ella, además de una infracción, puede quedar excluido de cobertura en caso de siniestro.
¿Cubre motos de agua igual que a un barco a motor?
Sí, se pueden asegurar distintos tipos de embarcación (motora, vela, neumática, moto de agua), ajustando las garantías a las características de cada una.
¿Qué pasa si navego fuera de la zona geográfica contratada?
Un siniestro fuera de los límites geográficos previstos en la póliza puede quedar excluido; si vas a navegar más lejos de lo habitual, avísame antes para ampliar la zona si hace falta.
¿Cubre el robo del motor fuera borda?
Sí, dentro de la garantía de daños propios (casco), que incluye el robo de la embarcación o de sus elementos, según lo contratado.
¿Qué pasa si mi barco sufre daños durante una tormenta?
Las averías particulares derivadas de fenómenos meteorológicos pueden estar cubiertas dentro de daños propios, siempre que no se haya navegado en condiciones expresamente prohibidas por la póliza.
¿Puedo asegurar solo la temporada de navegación?
Depende de la modalidad disponible; algunas pólizas permiten ajustar coberturas por temporada. Te confirmo las opciones vigentes según tu tipo de uso.
¿Qué pasa si tengo un accidente con otra embarcación?
La responsabilidad civil obligatoria cubre los daños personales y materiales que causes a terceros, incluida otra embarcación implicada en el accidente.
¿Cubre los accesorios y el equipamiento del barco?
Puede incluirse dentro de los daños propios según se haya declarado el equipamiento al contratar; conviene detallarlo para que quede bien valorado.
¿Qué pasa si presto mi barco a un amigo y tiene un accidente?
La cobertura suele depender de quién figure como patrón autorizado y de las condiciones particulares; te confirmo si necesitas declarar a otros posibles patrones.
¿Hay un límite de eslora para contratar el seguro?
Se puede asegurar según el tipo y eslora de la embarcación, ajustando garantías y condiciones a sus características; te confirmo el detalle según tu barco.
¿Qué pasa si mi barco se hunde en el puerto?
Es un supuesto de pérdida total cubierto por la garantía de daños propios (casco), valorado a valor venal según las condiciones contratadas.
Empecemos

Cuéntame de tu barco y preparamos tu seguro.

Una llamada de 5 minutos basta para saber qué cobertura te conviene. Sin compromiso y sin que el asesoramiento te cueste más.

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